Cancún, Q. Roo, 17 de enero de 2025.- Con la finalidad de obligar a los quintanarroenses a pagar el adeudo por el consumo de agua potable, la empresa concesionaria "Aguakán" en Quintana Roo, los intimida con aplicarles el artículo 81 de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado; sin embargo, su aplicación viola el artículo 4o de la Constitución Política Mexicana.
De acuerdo al aviso que les emite la empresa "Aguakán" a los clientes (consumidores), después de dos meses de adeudo por el consumo del vital líquido, se procede a la limitación o en su caso a la suspensión, según marca el artículo 81, párrafo III, de la Ley de Agua Potable y Saneamiento, por lo que dentro del plazo de las 24 horas será aplicada.
De esta forma, la empresa poderosa que está por encima de los gobiernos, diputados, políticos y que prácticamente está posesionada de Quintana Roo, viola el artículo 4o, párrafo VI de la Constitución Política Mexicana, ya que dice: "Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible".
Sin embargo, Aguakán se escuda en su Ley bajo el respaldo de CAPA para suspenderla y limitarla; aunado a esto, también los cobros excesivos que sufren los ciudadanos, ya que esta empresa en Quintana Roo es una de las que tiene las tarifas más altas del País, y los metros cúbicos que cobra no coinciden con lo registrado en los recibos.
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